REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Cristóbal, Jueves 26 de Mayo de 2.005.

195º y 146º
Visto el contenido de la sentencia condenatoria dictada por el Juzga-do Superior Segundo en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Pú-blico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en cuyo disposi-tivo se condena a la ciudadana FLOR MARIA CASTILLO DE MARQUEZ, de nacionalidad venezolana por naturalización, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.420.685, residenciada Barrio Las Cruces, subiendo por la rampa, detrás del hotel colonial, El Corozo, Parroquia la Con-cordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISION, por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPE-FACIENTES Y PSICOTROPICAS, y por cuanto se observa que la penado ha dado fiel cumplimiento a las condiciones que se le impusieron para Libertad Condicional, dictada en decisión de fecha 22-02-2.002, según se desprende del informe final remitido a este Despacho por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, se fija la pena accesoria hasta el día 23 de mayo de 2.007. En consecuencia procede este Tri-bunal, a declarar el cumplimiento total de la condena principal im-puesta; faltándole por cumplir la pena accesoria de sujeción a la vigi-lancia de la autoridad, hasta el día 23-05-2.007, y así se decide.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Pri-mera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguri-dad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Esta-do Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por au-toridad de ley DECLARA: EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL, im-puesta a la ciudadana FLOR MARIA CASTILLO DE MARQUEZ, de naciona-lidad venezolana por naturalización, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.420.685, residenciada Barrio Las Cruces, subiendo por la ram-pa, detrás del hotel colonial, El Corozo, Parroquia la Concordia, Muni-cipio San Cristóbal, Estado Táchira, por el delito de TRAFICO DE SUS-TANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. Y en consecuencia se fija el cumplimiento de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, hasta el día 23 DE MAYO DE 2.007.
Líbrese las respectivas notificaciones.



Abg. VILMA CHAPARRO DE NAVA
Juez de Ejecución Nº 02



Abg. CAROLINA VELASCO GÓMEZ.
Secretaria
VChdN/mtrr
Exp: 392-99-E2