REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 13 de Mayo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2001-000201

Corresponde a este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano JOSE LUIS MUJICA ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.072.037, y a quién se le siguió juicio por la presenta presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley de Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en tal sentido, este Juzgado pasa de seguidas a realizar algunas consideraciones:

El 20/12/04, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano JOSE LUIS MUJICA ORTIZ, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley de Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° en concordancia con los artículos 45 y 48 ordinal 7° todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Definitivamente firme como quedó la sentencia antes citada y mediante la cual se DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano JOSE LUIS MUJICA ORTIZ, este Juzgado considera procedente y ajustado a derecho DECRETAR LA LIBERTAD PLENA del referido ciudadano, ampliamente identificado y como consecuencia ORDENA excluirlo de los registros de personas solicitadas llevadas por las autoridades policiales. Y así se decide.

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE LUIS MUJICA ORTIZ, venezolano, natural de caracas, nacido el 12-10-78, de 22 años, soltero, mesonero, hijo de Sol Elena Ortiz y José Mujica, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.072.037, por la presunta comisión de los delitos de por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley de Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° en concordancia con los artículos 45 y 48 ordinal 7° todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese a las partes lo acordado en la presente decisión. Líbrense oficios a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas así como al Departamento de Sanciones Penales de la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia.

Remítase la presente causa en su estado original en su oportunidad a los archivos judiciales, a los fines de su guarda y custodia. Líbrese oficio.


LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. MARIA ANTONIETA CROCE R.
LA SECRETARIA,
ABG. VANESSA BRIZUELA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,
ABG. VANESSA BRIZUELA