REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADOVARGAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 01.

Maiquetía, 03 de Mayo de 2005.-
Años 195° y 146°


SOLICITANTE: DIAZ MEJIAS YOJAIMA MARIELA, mayor de edad, venezolana y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.460.914.-

ADOLESCENTE: YANELY CAROLINA MARCANO DIAZ, de catorce (14) años de edad.

PROCEDENCIA: PRESIDENCIA.

MOTIVO: AUTORIZACION PARA PASAPORTE Y VIAJAR.


Vista la solicitud presentada por la ciudadana DIAZ MEJIAS YOJAIMA MARIELA, los recaudos presentados, según la cual solicita autorización para Pasaporte y Viajar fuera del país en compañía de su hija la adolescente YANELY CAROLINA MARCANO DIAZ, para ser intervenida de las Caderas, por presentar LUXACION DE CADERA IZQUIERDA SECUELA DE ARTRITIS SEPTICA, una afección visual, en el marco del Convenio de Salud Cuba – Venezuela, este Juez Unipersonal N° 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, acuerda oficiar al Director de Extranjería, a fin de que se sirva expedir pasaporte a la adolescente antes prenombrada, quedando autorizada la ciudadana DIAZ MEJIAS YOJAIMA MARIELA, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.460.914, madre de la adolescente YANELY CAROLINA MARCANO DIAZ, para que realice por ante ese Despacho todas las gestiones pertinentes. De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente se autoriza a la ciudadana DIAZ MEJIAS YOJAIMA MARIELA, madre de la adolescente YANELY CAROLINA MARCANO DIAZ, de catorce (14) años de edad, para que viaje fuera del país con destino a Cuba. Expídase por Secretaría copia certificada del presente Decreto. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.

EL JUEZ TITULAR,


DR. ANGEL PEREZ BARRIENTOS
JUEZ UNIPERSONAL N° 1
LA SECRETARA (acc),


YIRA CEBALLOS VERA

Seguidamente y en la misma fecha, se cumplió lo ordenado.

LA SECRETARIA (acc),


YIRA CEBALLOS VERA
Exp. N° C-1425
Autorización para Viajar y Pasaporte
APB/YCV/lissett