REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 09 de mayo de 2005
Años 194° y 146°

Vista la diligencia que antecede, inserta al folio 176 del Cuaderno Principal del presente expediente, suscrita por la Abogado MILAGROS GUAREPE, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, y vista que a la fecha el Experto designado FERNANDO NUÑEZ, no ha consignado la experticia respectiva, este Tribunal designa como nueve Experto Contable, al cuidadano CELSO HIDALGO, mayor de edad, de este domicilio, de profesión Contador Público, para que de conformidad con el Capítulo Tercero de la aludida sentencia, calcule los Intereses de mora conforme a la rata del uno por ciento mensual, o sea al doce por ciento (12%) anual, sobre la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 4.309.956,oo), monto condenado a pagar correspondiente a las cuotas de condominio causadas a partir del mes de Abril del año 2001, hasta el mes de Marzo de 2004, asimismo, cacule la indexación de la cantidad ordenada a pagar, conforme con el Capítulo Cuarto de dicha sentencia la cual deberá ser realizada tomando en cuenta los índices de inflación establecidos por el Banco Centrañ de Venezuela, desde el 20 de Noviembre de 2002, fecha en la cual se admitió de la presente demanda y hasta la fecha en que el experto designado consigne el informe respectivo. A cuyo efecto ordena su notificación para que comparezca por ante éste Tribunal al tercero (3°) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su notificación, a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo, y en el primero de los casos, preste juramento de Ley. Se advierte que una vez que conste en autos las resultas del informe pericial, se procederá a decretar la ejecución de la sentencia antes mencionada. Líbrese boleta de notificación con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA,

DRA. LIRIO PADILLA F.
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA,