REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICAIL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO

Maiquetía, 23 de Mayo de 2005
194° y 145°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: 9824
PARTE ACTORA: ENRÍQUEZ BARRIOS PÉREZ, LUIS FERNANDO BENAVIDES Y OTROS.
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: ANTONIO JOSÉ DAUTANT y LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.817 y 16.702 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: GRAN HOTEL CARIBE (CORPORACIÓN HOTELERA HALMEL C.A Y CORPORACIÓN HOTELERA HEMESA S.A).
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALEYDA MENDEZ DE GUZMÁN Y JESÚS GUZMÁN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 11.243 y 11.244 respectivamente.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Veintitrés (23) del mes de Mayo del año dos mil cinco (2005), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), este Tribunal deja constancia que los ciudadanos ANTONIO JOSÉ DAUTANT y LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, en su carácter de apoderados judiciales de las parte actora y los profesionales del derecho ALEYDA MÉNDEZ GUZMÁN Y JESÚS GUZMÁN, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa CORPORACIÓN HOTELERA HALMEL S.A; mediante diligencia cursante a los folios del cincuenta y cuatro (54) al cincuenta y siete (57), del presente expediente en donde se dan por notificado y renuncian al lapso de comparecencia para la celebración de la Audiencia Preliminar y solicitan a este Tribunal que la Audiencia Preliminar sea celebrada en el día de hoy veintitrés (23) de Mayo del año en curso, debido a que por este Tribunal cursan las causas signadas con los Nros. 9825 y 9826 respectivamente, la cual lleva relación con las empresas demandadas. En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a solicitud de ambas partes acuerda celebración de la presente audiencia preliminar para en el día de hoy 23 de mayo del año en curso, se deja constancia que se encuentran presente los Profesionales del Derecho, Ciudadanos: ANTONIO JOSE DAUTANT, LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora; y los profesionales del derecho ALEYDA MENDEZ DE GUZMÁN y JESUS GUZMÁN, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa CORPORACIÓN HOTELERA HALMEL C.A. Asimismo se deja constancia que la parte actora consigna en este acto escrito de promoción de pruebas constante de seis (06) folios útiles y la parte demandada consigna en este acto escrito de Promoción de pruebas constate de dos (02) folios útiles, y anexos constante de cinco (5) folios útiles referente a Actas de Asambleas, anexos marcado con la letra “ F” constante de dos (2) folios útiles referente a recibos, marcado con la letra “G” constante de dos (2) folios útiles referente a recibo, anexos marcado con las letras “J” “H”, constante de un (01) folio útil, marcado con la letra “J 34” constante de uno (1) marcado “J” 36-37, constante de un (01) folios útil, y anexos recibo marcado con el Nº 38 constante de un (01) folio útil. Dichas pruebas quedaran en custodia de este Tribunal.

Celebrada la Audiencia, las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

PRIMERA: Ambas partes solicitan a este Tribunal la Prolongación de la presente audiencia para el día viernes 27-05-05.

SEGUNDA: Este Tribunal acuerda la prolongación de la presente audiencia para el Viernes 27 de mayo del año en curso a las 12:00 m.

TERCERO: Por cuanto han quedado pendiente otros aspectos que analizar las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la prolongación de la presente Audiencia para el día Viernes 27 de Mayo del 2005 a las 12:00 m de conformidad con lo previsto en el articulo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley
LA JUEZA


DRA. BETTY LUQUEZ


LA SECRETARIA

POR LA PARTE ACTORA
ABG MARIA A. GONZÁLEZ

LOURDES CONTRERAS


ANTONIO DAUTANT
POR LA PARTE DEMANDADA


ALEYDA MENDEZ DE GUZMÁN


JESUS GUZMÁN
BLP/MAG
Exp. N° 9824