REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, dieciséis (16) de mayo de dos mil cinco (2005)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000153
PARTE ACTORA: FELIX ANTONIO YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-6.036.320.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ARMANDO ZAPATA, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 106.629.
PARTE DEMANDADA: ELECTRO TECNICA SAQUI, S.R.L. Sociedad Mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30-11-1972, bajo el Nº 77, tomo 125-A.
ADMINISTRADORA DE LA EMPRESA DEMANDADA: ANAIZ ACEVEDO DE FARFAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 5.338.471.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MILAGROS GUAREPE y LUSBY FREITES, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos 50.613 y 36.093, respectivamente, quienes acreditan su representación mediante Poder Especial, cuya copia es agregada al expediente previa Certificación por la Secretaria del Tribunal.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.
En el día hábil de hoy, lunes dieciséis (16) de mayo del año dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para dar inicio a la Audiencia Preliminar comparecieron los ciudadanos, FELIX ANTONIO YANEZ, ARMANDO ZAPATA, ANAIZ ACEVEDO DE FARFAN, MILAGROS GUAREPE y LUSBY FREITES, ya identificadas. Celebrada la Audiencia las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte Demandada se compromete a pagar a la parte Demandante los siguientes conceptos y montos, derivados de la relación laboral que los unió: --------------------------------------------------
FECHA DE INGRESO: 01/10/2004
FECHA DE EGRESO: 23/01/2005
TIEMPO DE SERVICIO: 3 meses 19 días
SALARIO DIARIO BÁSICO: Bs.33.641,25
SALARIO DIARIO INTEGRAL: Bs.37.106,29
Retiro Voluntario del Trabajador
CONCEPTOS DIAS SALARIO
DIARIO BOLIVARES
Prestación de Antigüedad Art. 108 LOT 15 556.594,00
Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionado 19.32 33.641,25 649.948,00
Utilidades Fraccionadas 27,32 33.641,25 919.078,00
Bono Transaccional 588.536,00
Menos Adelanto de Prestaciones. (1.214.156,00)
TOTAL A PAGAR 1.500.000,00
SEGUNDO: Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES UN MILLON QUINIENTOS MIL 00/100 (Bs.1.500.000,00), cantidad ésta que será cancelada por la parte demandada, en este mismo acto a través de cheque Nº 57877818 de la cuenta Nº 0121-0100-72-0100701064, del Banco Corp Banca Banco Universal. TERCERO: La parte demandante conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados incluyendo, honorarios profesionales de abogados, intereses de mora e indexación. Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada.
LA JUEZ,
DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:
FELIX ANTONIO YANEZ,
ARMANDO ZAPATA,
ANAIZ ACEVEDO DE FARFAN,
MILAGROS GUAREPE,
LUSBY FREITES
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
Exp. No. WP11-L-2005-000153
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