REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, treinta (30) de mayo de 2005
Años y Federación 195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000123
PARTE ACTORA: JACKSON JESUS AMAYA RODRIGUEZ, mayor de edad, venezolano y titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.767.885.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: REBECA ALBARRACÍN MARQUEZ, MARÍA FABIOLA RODRÍGUEZ y MARDY RIVAS TORRES, abogadas en ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números: 61.846, 100.609 y 112.110, y titulares de las cédulas de Identidad Nos.: 4.115.338, 15.701.193 y 14.768.541, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ESTIBADORA ROLIMAR, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, fecha 03 de agosto de 1999, bajo el Nº 61, Tomo 12-A Pro. OPSA OPERADORA PORTUARIA, S.A. Inscrita por ante el Registro mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el numero 32, tomo 18-A Sgdo. De fecha 21 de enero de 1994.
PRESIDENTE DE LA EMPRESA ESTIBADORA ROLIMAR: NUÑEZ GUTIERREZ HECTOR ROLANDO, mayor de edad, venezolano y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.474.460.
ABOGADO ASISTENTE DEL PRESIDENTE DE LA EMPRESA ESTIBADORA ROLIMAR: WLADIMIR ORTEGA, abogado en ejercicio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 29.706.
APODERADAS JUDICIALES DE LA EMPRESAS OPSA OPERADORA PORTUARIA: MAUREN CERPA, MARIA VILCHEZ, CELIDA ZULETA, INGRID RIVERA, ANDREINA RISSON, ASTRID SEITZ, ANA VARGAS y SONSIREE MEZA, abogadas en ejercicio, e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nos 83.362, 104.784, 25.786, 51.822, 108.576, 93.471, 110.413 y 112.524, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, treinta (30) de mayo de 2005, siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en el presente proceso, comparecen a la misma los ciudadanos: JACKSON JESUS AMAYA RODRIGUEZ, MARÍA FABIOLA RODRÍGUEZ, NUÑEZ GUTIERREZ HECTOR ROLANDO, WLADIMIR ORTEGA y MARÍA REBECA ZULETA RAYDAN, todos plenamente identificados. En este acto, la parte demandada hace ofrecimiento de pago al demandante, por la cantidad de BOLIVARES UN MILLON CUATROCIENTOS MIL SIN CENTIMOS (Bs. 1.400.000,00) los cuales se relacionan de la siguiente manera: -------
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad art. 108 500.000,00
Indemnización por despido art. 125 500.000,00
Vacaciones 200.000,00
Bono vacacional vencido y fraccionado 100.000,00
Utilidades vencidas y fraccionadas 100.000,00
TOTAL 1.400.000,00
Cantidad esta que será cancelada el día viernes tres (03) de junio. Asimismo la parte demandante acepta la Propuesta realizada, bajo los términos en que se planteó. Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vista que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se deja constancia que no se ordenará el cierre y archivo del expediente, hasta tanto no conste en autos el pago acordado en esta Audiencia Preliminar. Igualmente se deja expresa constancia que le fueron devueltas a las partes las pruebas aportadas al inicio de la presente audiencia. Igualmente el ciudadano JACKSON JESÚS AMAYA RODRIGUEZ hace constar mediante la presente acta que le fueron cancelados todas sus Prestaciones Sociales y que nada le queda a reclamar a las empresas: OPSA OPERADORA PORTUARIA, S.A. y ESTIBADORA ROLIMAR, C.A., por este concepto, ni por ningún otro. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:

PARTE ACTORA

APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA


PRESIDENTE DE LA EMPRESA DEMANDADA
ESTIBADORA ROLIMAR, C. A.


ABOGADO ASISTENTE

APODERADA JUDICIAL DE LA EMPRESA
DEMANDADA OPSA OPERADORA PORTUARIA, S.A.

LA SECRETARIA,

ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000123.