REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO  DE  LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 
TRIBUNAL CUARTO  DE SUSTANCIACION MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN  DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
 
Maiquetía, treinta y uno (31) de mayo de Dos Mil cinco (2005).
 
195º   y   146º
 
 
 
 
AUTO
 
 
Vista la diligencia de fecha 25-05-2005 que riela al folio uno (01) en el expediente signado con el Nº WP11-0-2005-000013, consignada por el abogado JESUS CASTELLANO inscrito en el IPSA bajo el Nro 42.051 en su condición de Apoderado Judicial  del ciudadano JOSE LUIS BLANDIN, titular de la cédula de identidad Nº 9.285.330. Este Tribunal previo el análisis del presente recurso contencioso administrativo de nulidad se declara incompetente y la admite única y exclusivamente a los efectos de remitirla  al Tribunal competente de conformidad  con el artículo 97 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
 
Por las razones antes expuestas, este Tribunal  Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia  del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  se declara INCOMPETENTE para conocer la presente causa y siendo el Tribunal competente la Corte en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ordena remitir mediante oficio las actas que conforman este expediente. Así se decide.- Cúmplase, líbrese oficio y remítase el expediente.
 
 Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Tribunal Cuarto  de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia, (31) de mayo de Dos Mi cinco (2005). 
 
EL JUEZ
 
 
DR. GUSTAVO ROMERO
 
LA SECRETARIA
 
 ABOGADA RAFALMY BENITEZ
 
 
 
 
 
 
EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000203.
 
GR/JV/pierina
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE  LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 
TRIBUNAL CUARTO  DE SUSTANCIACION MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN  DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
 
 
 
Maiquetía, 06 de Agosto  de Dos Mil Cuatro (2004).
 
 
 
 
OFICIO N°__________
 
CIUDADANO (A):
 
COORDINADOR (A) JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 
SU DESPACHO.
 
 
Tengo a bien  dirigirme a Usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio y constante de ocho (08) folios útiles, Expediente signado con el Nº WP11-L-2004-000203,  nomenclatura de este Tribunal, contentivo de la  demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios interpuesta por la ciudadana DELIA MARIA DE FREITAS, titular de la cedula de identidad N° 10.579.835  en virtud de haber declinado la COMPETENCIA  por el territorio de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y el Artículo 11 ejusdem en concordancia con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil; en el  Tribunal de Primera Instancia  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas, que corresponda previa distribución. 
 
Remisión que hago a Usted, a los fines legales consiguientes.
 
 
DIOS Y FEDERACION
 
EL JUEZ
 
 
DR. GUSTAVO ROMERO
 
 
EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000203.
 
GR/JV/pierina
 
 
 
 
 
 
 
 
	
 
 
 
 
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