REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, seis (06) de Mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°

ASUNTO: WP11-L-2004-000186

Vista la diligencia de fecha dos (02) de Mayo del presente año, suscrita por las Ciudadanas YADIRA ESPINOZA y ANA ESPINOZA, en su carácter de partes demandantes, asistidas por la Profesional del Derecho MARÍA FABIOLA RODRÍGUEZ, por una parte; y por la otra, los Profesionales del Derecho JOSÉ BOGGIANO BARRETO y ZORAIDA MOULEDOUS, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandada, mediante la cual desisten y convienen, respectivamente, del procedimiento intentado contra la empresa PIZZI, S.A.; este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas HOMOLOGA el Desistimiento en los términos expuestos y declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ

DR. GUSTAVO ROMERO

LA SECRETARIA,


ABG. RAFALMY BENÍTEZ

GR/RB/Angel*