REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, seis (06) de Mayo de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
ASUNTO: WP11-L-2004-000186
Vista la diligencia de fecha dos (02) de Mayo del presente año, suscrita por las Ciudadanas YADIRA ESPINOZA y ANA ESPINOZA, en su carácter de partes demandantes, asistidas por la Profesional del Derecho MARÍA FABIOLA RODRÍGUEZ, por una parte; y por la otra, los Profesionales del Derecho JOSÉ BOGGIANO BARRETO y ZORAIDA MOULEDOUS, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandada, mediante la cual desisten y convienen, respectivamente, del procedimiento intentado contra la empresa PIZZI, S.A.; este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas HOMOLOGA el Desistimiento en los términos expuestos y declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ
DR. GUSTAVO ROMERO
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENÍTEZ
GR/RB/Angel*
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