REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, dieciocho (18) de Noviembre del año dos mil cinco (2005)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000106
PARTE ACTORA: DEISON LUIS GUILLON MARÍN, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 14.768.153.
PARTE DEMANDADA: “MOLINA AGENCIA DE VIAJES, C. A.”
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ MARÍA VARAS MARTÍN, PAOLO LONGO FALSETTA, IRMA BONTES CALDERÓN, CARLOS LÓPEZ DAMIANI, LUCÍA TUFANO, OVIDIO DEJESÚS ESTRADA, SILVA RUFO OROZCO y ALEJANDRO IRIBARREN, Abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 290, 23.661, 50.082, 75.216, 48.321, 58.942, 104.900 y 106.678, respectivamente.
MOTIVO: “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”.
En el día hábil de hoy, viernes dieciocho (18) de Noviembre del dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el Ciudadano: OVIDIO DEJESÚS ESTRADA, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandada, plenamente identificado; quien presentó original y copia de la Liquidación de Prestaciones Sociales efectuada al demandante, cuya copia será agregada al expediente. En este estado siendo las diez y treinta minutos (10:30 a.m.) horas de la mañana, se deja constancia expresa de la incomparecencia de la parte demandante a la presente audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°
LA JUEZ,
DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
LA PARTE COMPARECIENTE:
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
Nº Exp. WP11-S-2005-000106
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