REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
194° y 146°
EXPEDIENTE: Nro. 9303
MOTIVO: INDEMNIZACION POR DAÑOS MORALES
PARTE DEMANDANTE: CARMELO FERNANDEZ
PARTE DEMANDADO: JAIME UNDURRAGA, JUAN ACEVEDO, ISABEL DE LADERA. JOSE LUIS TINEO y EUDO GARCIA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números: V-6.341.386, V-5.573.556, V- 4.559.250, V- 932.210 y V- 4.592.543 respectivamente.
Comienza el presente procedimiento, mediante demanda por INDEMNIZACION DE DAÑOS MORALES, incoado por el ciudadano CARMELO FERNANDEZ, debidamente asistido por el profesional del derecho CARLOS GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 104.448.
En fecha 31 de octubre de 2005, el Tribunal, vista la demanda y los recaudos anexos, admitió la misma cuanto ha lugar en derecho y ordenó la citación de la parte demandada.
Mediante diligencia de fecha dos (2) de noviembre del 2005, la parte demandante, ciudadano CARMELO FERNANDEZ debidamente asistido por el profesional del derecho CARLOS GONZALEZ, desistió del procedimiento.
En la oportunidad para decidir, el Tribunal lo hace previas las consideraciones siguientes:
El artículos 263 del Código de Procedimiento Civil establece:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante, desistir de la demanda y el demandado convenir en ella...”
En tal virtud el Tribunal, por cuanto el desistimiento suscrito por la parte demandante no es contrario al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, de conformidad con la norma antes transcrita HOMOLOGA el Desistimiento del procedimiento, suscrito por la parte demandante, lo da por consumado y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y así se establece.-
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PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil cinco (2005). Años 195 de la Independencia y 146 de la Federación.-
LA JUEZ.,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
LA SECRETARIA,
ENID CHAPARRO UGUETO
EEDAA/ECHAU/m. de b.
Exp. 9303