REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 22 de Noviembre de 2005.
195° y 146°
Vista la diligencia presentada en fecha 08/07/05, por la Dra. VERÓNICA BALLESTAS SULI, Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.054, en su carácter de Endosataria en Procuración al Cobro del ciudadano: BERNARDO NUÑEZ, mediante el cual consigna Transacción Judicial suscrita entre las partes ante la Notaría Pública Trigésima Segunda del Municipio Libertador, en fecha 20/06/05, la cual quedó anotada bajo el Nº 66, Tomo 68, a los fines de dar por terminado el procedimiento de marras.
Este Tribunal, considerando que se encuentran llenos los extremos de Ley para que prospere la homologación de la referida Transacción, por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, y trata sobre derechos disponibles por las partes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se DA POR CONSUMADO EL ACTO EN LOS MISMOS TÉRMINOS EXPUESTOS.
LA JUEZ,
Dra. MERCEDES SOLORZANO.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
MS/WG
Exp. N° 6182.