REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
195º y 146º
San Cristóbal, 10 de noviembre de 2005
Ponente: Jafeth Vicente Pons B.
Por cuanto el abogado Carlos Enrique Macero Nuñez, en su condición de defensor de los imputados Ruben Darío Moreno, César Ramón Muñoz Morales, Deimar Eulises Bautista Zambrano, José Anderson Parra Villalta, Richard Sebastián Alvarado Canache y Luis Emilio Aguilera Alzurú, interpuso recurso de apelación ante el tribunal que dicto el fallo, en el término que establece el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal; pues dicho fallo fue dictado el 10 de junio de 2004, y el recurso de apelación fue interpuesto el 15 de junio de ese mismo año, de donde se infiere que su interposición se hizo dentro del lapso legal, y por cuanto dicho recurso no se encuentra previsto en las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 437, literales a,b, y c, ejusdem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los cinco días de audiencias siguientes a la de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 450 ibidem. Y en cuanto a las pruebas promovidas por el recurrente, esta Corte las admite por ser necesarias y pertinentes para tomar la decisión correspondiente, y como la misma ya cursan en autos, esta Sala estima innecesaria la celebración de la audiencia oral, conforme lo establece el artículo 450 segundo aparte ejusdem.
LOS JUECES DE LA SALA ACCIDENTAL,
JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente-Ponente
LADY MENNA NIÑO SOTO GERSON ALEXANDER NIÑO
Juez Juez
JERSON QUIROZ RAMIREZ
Secretario
Exp.Nro. Aa -2329-05