REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUTO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES


San Cristóbal, 15 de noviembre de 2005

195º y 146º


Visto el recurso de apelación interpuesto por la abogada Rossilse Margarita Omaña Vargas, defensora del penado MIGUEL ANGEL MENDEZ RODRIGUEZ, contra la decisión dictada en fecha 29 de septiembre de 2005, por la abogada Vilma Chaparro de Nava, Juez de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual declaró improcedente la solicitud formulada por el mencionado penado en relación con la conmutación del resto de la pena que debe cumplir en confinamiento. Y, dado que dicho recurso fue interpuesto en el término establecido en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, no se encuentra comprendido en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 ejusdem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE, y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy.

Los Jueces de la Corte,




JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente







JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS JAIRO OROZCO CORREA
Ponente Juez






Jerson Quiroz Ramírez
Secretario
Exp.Nº 1-Aa-2500/2005/Neyda.-