REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE






TRIBUNAL PRIMERO DE TRANSICIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

San Cristóbal, 09 de noviembre de 2005
195 y 146º

De la revisión que este Juzgado hace a la presente causa, se observa que corre a los folios 499 al 510, Sentencia de fecha 07 de julio de 2004, emanada del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, por medio de la cual Revocó la Sentencia Interlocutoria dictada en fecha 23 de septiembre de 2003, y repuso la causa al estado de que se abra la incidencia prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, para que la parte actora demuestre haber dado cumplimiento a la reclamación administrativa previa, dejando sin efecto todas las actuaciones procesales posteriores a la oposición de las cuestiones previas opuestas por la parte demandada DESURCA, es decir, que se toma por no producida la Contestación de la demanda y las pruebas aportadas, por lo que forzoso resulta concluir que la causa se encuentra es en la fase de Audiencia Preliminar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 197, ordinal 1° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se declara NULO todo lo actuado en este Tribunal Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, y se acuerda remitir el presente expediente a la Coordinación Judicial de este Circuito Laboral, a los fines de su distribución en los Tribunales Primero y Segundo de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Líbrese oficio.

El Juez,

José Gregorio Hernández Ballén
La Secretaria,

Abog. Nory Gotera Bravo

En la misma fecha se libró oficio N° 408 conforme a lo ordenado.

La Secretaria,

Abog. Nory Gotera Bravo


JGHB/mg.