REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, 10 de noviembre de 2.005
EXPEDIENTE Nº: 29.731
MOTIVO: AUTORIZACION COBRO DE BENEFICIO
SOLICITANTE: INGRID RAQUEL PEREZ RUIZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.630.499, domiciliada en el Barrio Libertador, calle 04, Pasaje Orinoco, Casa Nº 4-63, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
ABOGADO ASISTENTE: SOLANGE ASTRID ARIAS DURAN, Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.106.
BENEFICIARIO: BREINER LEANDRO REY PEREZ, nacido en fecha 08/12/1.996.
Vista la solicitud formulada por la ciudadana INGRID RAQUEL PEREZ RUIZ asistida por la Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Abogada SOLANGE ARIAS DURAN; solicitó se autorice para tramitar ante Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas la cuota parte que le corresponde a su hijo BREINER LEANDRO REY PEREZ quedante al fallecimiento del padre HENDER ARGENIS REY GAÑAN.
Admitida la presente solicitud y visto los recaudos anexos, tales como la partida de nacimiento Nº 1.160 inserta en fecha 08/12/1.997, asentada ante la Prefectura de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira; es por lo que esta Juez Temporal Unipersonal Nº 01 de la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo previsto en el artículo 267 del Código Civil, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL amplia y suficiente a la ciudadana INGRID RAQUEL PEREZ RUIZ plenamente identificada, para que en nombre y representación de su ya prenombrado hijo sobre quien ejerce la patria potestad, tramite lo necesario por ante el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, SEGUROS HORIZONTES, O CUALQUIER OTRO ORGANISMO PÚBLICO O PRIVADO, para hacer efectiva la cuota parte que le corresponde al niño BREINER LEANDRO REY PEREZ en las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Seguro de Vida, Asignación por causa de muerte, Pensión de Sobreviviente, Salarios, Aguinaldos y cualquier otros quedantes al fallecimiento del padre HENDER ARGENIS REY GAÑAN identificado con cédula de identidad Nº V- 12.630.031 y laboraba como Funcionario de las Fuerzas Armadas Nacionales (GN), quién falleció en fecha 30 de septiembre de 2.001, según copia certificada del Acta de Defunción Nº 04 asentada en fecha 10/10/2001 ante el Jefe Civil de la Parroquial El Vinculo, Municipio Falcón, Estado Falcón. Se le advierte al encargado de la tramitación que las sumas de dinero correspondiente al niño BREINER LEANDRO REY PEREZ, deberán ser enviadas en cheque a nombre del Tribunal para su colocación en una cuenta bancaria a favor de él; por el incumplimiento de este requisito deriva a la nulidad de la Autorización concedida y se le aplicaran las sanciones de Ley. Regístrese y expídase copia certificada para el archivo del Tribunal e interesada.-
Abog. INDIRA M. RUIZ USECHE
JUEZ TEMPORAL UNIPERSONAL Nro. 01
Abog. ANDREINA DUQUE CASIQUE SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo acordado.
La Sria.
Exp. 29.731/IMRU/mf
Aut. Cobro de Beneficio
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