JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
195° y 146°
Vista la diligencia de fecha 16/11/2005, suscrita por el abogado LUIS ORLANDO RAMIREZ CARRERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 6.107, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano MANUEL ALEJANDRO RAMIREZ CARCABOSO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-13.368.792 y de este domicilio, en la cual decide poner fin a la acción mediante DESISTIMIENTO, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; se revoca la medida provisional de embargo, decretada en fecha 18/05/2005 la cual no fue practicada; asimismo hágase entrega al solicitante de la letra de cambio original que se encuentra guardada en la caja fuerte del Tribunal; en virtud que en la presente causa no hay más actuaciones que practicar archívese el expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil cinco (22/11/2005). Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
YAQUELINE RODRIGUEZ OROZCO
SECRETARIA TEMPORAL
|