REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA


San Cristóbal, 04 de Noviembre de 2005
195° y 146°


Visto el escrito presentado por el Abg. Andreina Torres en su carácter de Fiscal Cuarta del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de ARELLANO JHONNY ARGENIS, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana MEDINA JOISMARA, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:



Corre inserto a los folios 01 y 02, Acta de Recepción de Denuncia de fecha 03 de diciembre de 2001 ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico, mediante el cual la ciudadana Medina Joismara interpuso dicha denuncia en contra del ciudadano Jhonny Argenis quien es su hermano por amenazarla y proferirle agresiones verbales.



Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió el 03 de Diciembre de 2.001, de lo cual se evidencia que desde dicha fecha hasta la presente, ha transcurrido un tiempo de TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES Y UN DIA (01); por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5°, del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita; siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-


Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano ARELLANO JHONNY ARGENIS, Residenciado en: la Calle Principal de Palo Gordo Barrio Jesús Nazareno, casa B-54 San Cristóbal Estado Táchira, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, y en consecuencia LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.



Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-





ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL




ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO


CAUSA N º 2C-6207-05
EXPEDIENTE Nº 20-F4-1115-01

































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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 04 de Noviembre de 2005
195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN


Se hace saber al ABG. Fiscal Cuarto del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JHONNY ARGENIS ARELLANO, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

CAUSA N º 2C-6207-05
EXPEDIENTE Nº 20-F4-1115-01


Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.






ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________



PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ABG. Fiscal Cuarto del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, del ciudadano JHONNY ARGENIS ARELLANO, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

CAUSA N º 2C-6207-05
EXPEDIENTE Nº 20-F4-1115-01



“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar en Monte Sacro”









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DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 04 de Noviembre de 2005
195 y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN


Se hace saber a la ciudadana MEDINA JOISMARA (VICTIMA), Residenciado en: la Calle Principal de Palo Gordo Barrio Jesús Nazareno, casa B-54 San Cristóbal Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de ciudadano ARELLANO JHONNY ARGENIS, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

CAUSA N º 2C-6207-05
EXPEDIENTE Nº 20-F4-1115-01




Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.






ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________



PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber a la ciudadana MEDINA JOISMARA (VICTIMA), que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de ARELLANO JHONNY ARGENIS, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

CAUSA N º 2C-6207-05
EXPEDIENTE Nº 20-F4-1115-01





“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar en Monte Sacro”


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 04 de Noviembre de 2005
195 y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN


Se hace saber al ciudadano ARELLANO JHONNY ARGENIS, Residenciado en: la Calle Principal de Palo Gordo Barrio Jesús Nazareno, casa B-54 San Cristóbal Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en la causa seguida en su contra, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

CAUSA N º 2C-6207-05
EXPEDIENTE Nº 20-F4-1115-01




Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.






ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________



PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano ARELLANO JHONNY ARGENIS, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en la causa seguida en su contra, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

CAUSA N º 2C-6207-05
EXPEDIENTE Nº 20-F4-1115-01





“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar en Monte Sacro”