REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintinueve (29) de noviembre de dos mil cinco (2005)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000205
PARTE ACTORA: LESBIA THAIS CRUZ ROVAINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.469.395
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: REBECA ALBARRACIN, MARIA FABIOLA RODRIGUEZ y MARDY RIVAS TORRES, abogadas en ejercicio e inscritas en el INPREABOGADO bajo los números: 61.846, 100.609 y 112.110 y titulares de las cédulas de Identidad números: V-4.115.338 V-15.701.193, y V-14.768.541, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “SERVICIOS T.V., C.A. y T.V. CABLE LITORAL”.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: MANUEL JOSÉ OYOQUE GONZALEZ, venezolano, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 72.671 y titular de la cédula de Identidad N° 3.151.933.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”
En el día hábil de hoy, veintinueve (29) de noviembre del año dos mil cinco (2005), siendo las doce (12:00 m.) horas del mediodía, día y hora fijadas para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana: LESBIA THAIS CRUZ ROVAINA, parte actora; REBECA ALBARRACIN, apoderada Judicial de la parte actora; y MANUEL JOSÉ OYOQUE, en representación de la parte demandada. En este acto la parte demandada hace ofrecimiento de pago al actor por las cantidades que a continuación se relacionan: ---------------------------------------------------------------------------
LESBIA THAIS CRUZ ROVAINA
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad 113.500,00
Indemnización por Despido 97.500,00
Preaviso 97.500,00
Utilidades Fraccionadas 74.500,00
Vacaciones Fraccionadas 37.500,00
Bono Vacacional Fraccionado 17.500,00
Intereses sobre Prestaciones 12.000,00
TOTAL 450.000,00
Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL SIN CENTIMOS (Bs. 450.000,00) la cual será cancelada a la trabajadora demandante en este mismo acto, mediante cheque numero 50-13899239, del código cuenta cliente numero 01510023114230016087 de TV CABLE LITORAL VISION COMUN en el Banco Fondo Común, girado a nombre de la ciudadana LESBIA THAIS CRUZ ROVAINA. Asimismo la parte demandante acepta la Propuesta realizada, bajo los términos en que se planteó. Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que le fueron devueltas a las partes las pruebas aportadas al inicio de la presente audiencia. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIALDE
LA PARTE ACTORA,
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000205
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”
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