REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, treinta (30) de noviembre de dos mil cinco (2005)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000353
PARTE ACTORA: WILFREDO JOSÉ CENTENO PÉREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.809.860.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARCOS HUMBERTO HERNANDEZ, abogado en ejercicio inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 17.326.
PARTE DEMANDADA: “AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A”, inscrita ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 14 de noviembre de 1.996, anotado bajo el Nº 53 del Tomo 73-A-Qto y cuyos estatutos fueron reformados según consta en documento registrado por ante esa misma oficina, en fecha 30 de marzo de 1.999, quedando anotado bajo el Nº 90, Tomo 297-A-Qto.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DESIREE QUINTERO RUIZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 89.249.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”.
En el día hábil de hoy, miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil cinco (2005), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma los ciudadanos: MARCOS HUMBERTO HERNANDEZ, Apoderado Judicial de la parte actora, DESIREE QUINTERO RUIZ, Apoderada Judicial de la parte demandada ya identificados; dándose inicio al acto, en este estado las partes manifestaron el animo de llegar a un acuerdo, y presentaron escrito transaccional, constante de tres (03) folios útiles en el cual solicitan al Juez del Tribunal imparta la Homologación necesaria. Seguidamente el ciudadano juez procedió a la lectura y revisión del precitado documento, visto que el mismo no vulnera derechos irrenunciables de las partes, ni normas de orden publico, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por concluido el proceso y HOMOLOGA la Transacción en los términos expuestos por las partes, dándole Efecto de Cosa Juzgada, ordenándose el archivo y cierre del presente expediente.
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES
APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,
APODERADA JUDICIAL DE
LA EMPRESA DEMANDADA,
LA SECRETARIA
ABG. RAFALMY BENITEZ
EXP. Nº WP11-L-2005-000353
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”
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