REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, trece (13) de Octubre del año dos mil cinco (2005)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000341
PARTE ACTORA: JOSE ANGEL BELLO BLANCO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.557.205.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARY ANN PACHECO ARAUJO, en su carácter de Procuradora del Trabajo, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número: 75.209.
PARTE DEMANDADA: “AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: BILLY ANTONIO FRANCO HERNANDEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89.786.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”.

En el día hábil de hoy, jueves trece (13) de octubre del dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: JOSE ANGEL BELLO BLANCO, BILLY ANTONIO FRANCO HERNANDEZ y MARY ANN PACHECO ARAUJO, ya identificados. Luego de iniciada la Audiencia las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte demandada ofrece pagarle a la parte demandante la cantidad de BOLÍVARES DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA DOS CON VEINTIDOS CÉNTIMOS (Bs. 2.894.352,22); previa consideración de los siguientes datos: Fecha de ingreso: 01-02-2001, Fecha de egreso: 17-08-2004, Salario mensual Bs. 321.235,00, Salario diario Bs. 10.707,83, Salario diario integral Bs. 16.812,41.
CONCEPTOS MONTOS Bs.
Bono Vacaciones Año 2003/2004, 9.00 días 96.370,50
Vacaciones Año 2003/2004, 17 días 182.033,17
Bono Vacacional Fraccionado 03/04, 5.0 días 53.539,17
Vacaciones Fraccionadas 03/04, 9.0 días 96.370,50
Utilidades Fraccionadas, 15 días, 7,50 días 80.308,75
Pago de días 16 al 17/08/2004 21,415,67
Dif. Int.Prest.soc. ene 02 jul 04 583.833,16
Dif. Prest. Antigüedad Art. 108 LOT , 41 días 689.308,94
Dep. prest. Soc jun 01- jul 04, 196 días 1.915.770,37
Total Asignaciones Bs. 3.718.950,22
Deducciones Bs. 824.598,00
MONTO NETO A COBRAR Bs. 2.894.354.354,22

Dichos Conceptos suman la cantidad de Bolívares DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA y DOS CON VEINTIDOS CÉNTIMOS (Bs. 2.894.352,22); para ser cancelados por la parte demandada el día treinta y uno (31) de octubre del presente año por ante este Circuito Judicial del Trabajo, y la parte demandante, acepta y conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de la demanda, dejando ambas partes constancia de dicho pago. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,


DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,

PARTE ACTORA,

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,




LA SECRETARIA,


ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
EXP. Nº WP11-L-2005-000341
“Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios”
13/10/2005