REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS


Maiquetía, 28 de Octubre de 2005
195° y 146°


Vista la anterior Comisión recibida por este Tribunal el día 25 de los corrientes, librada en fecha 06 del presente mes y año, procedente de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio N° 05-282, este Juzgado Superior la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el desglose de la boleta de notificación a ser entregada al ciudadano Alguacil de este Despacho, para que efectúe la notificación de los ciudadanos ALOA VIRGINIA GONZÁLEZ, MERVIN CORRO DE LANDKOER y PISELA UGUETO DE PEÑATE, una vez que se haya recibido el domicilio procesal solicitado a dicha Sala en fecha 26-10-2005, mediante oficio N° 05-240, que en el Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por los prenombrados ciudadanos en contra de la Comisión Electoral del Foro Propio para el proceso electoral de los Consejeros Municipales y Estadales de Derechos del Niño y del Adolescente en el Estado Vargas, a fin de que se práctique las diligencias necesarias para comunicar del fallo dictado por esa Sala en fecha 14-07-2005. CUMPLASE.
EL JUEZ


ABG IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA ACC


LIXAYO MARCANO MAYORA



IIP/LMM/ertd
Exp. N° 05-047
COMISION