REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (13) de octubre del año dos mil cinco (2005).-
195° y 146°
Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por la ciudadana FRANCISCA ANTONIA SOLORZANO ISTURIS, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.556.621, y visto como ha sido el original del documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Estado Vargas, de fecha 16 de mayo de 1986, bajo el Nro.27, protocolo primero, tomo 13 y bienhechurìas adquiridas por documento autenticado ante la Notaria Pública del Departamento Vargas (ahora del Estado vargas), bajo el No. 28, Tomo 27 de fecha (07-05-86), del cual se desprende que la propietaria es la ciudadana PABLA YSTURIZ DE SOLORZANO, la cual mediante documento autoriza a la ciudadana FRANCISCA ANTONIA SOLORZANO ISTURIS, la construcción de la bienhechuría objeto de la presente solicitud y la misma esta ubicada en la planta alta del inmueble, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas.-Cúmplase
LA JUEZ
LA SECRETARIA
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
ENID CHAPARRO U.
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas, quedando anotado bajo el Nro. 913-05
LA SECRETARIA
ENID CHAPARRO U.
ED’AA/LPI/M.-
TS N° 913-05