REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 11 de Octubre de 2005
195° y 146°

Visto el desistimiento a la presente acción, formulado por la abogado ODRA ARIZA CASTAÑO, Inpreabogado Nº 69.427, en su carácter de Procuradora Agraria Regional, conforme la Providencia Administrativa de la Procuraduría Agraria Nacional y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.700 del 29/05/2003, y conforme a sentencia proferida por la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social de fecha 13/02/03, relativa a la Ultraactividad de Funciones de Defensa Gratuita sin necesidad de poder ni caución de la Procuraduría Agraria Nacional hasta la creación de la Defensoría Especial Agraria, actuando a requerimiento previo del ciudadano FRANCISCO JAVIER MALDONADO SOLANO, parte actora, el Tribunal por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, lo da por consumado en los términos expuestos todo conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,

LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.

MS/YP/ys.
Expediente Nº 6171.