REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 13 de Octubre del dos mil cinco (2005).

195° y 146°
Vista la diligencia que antecede, presentada por las abogados LUZ MARINA GUERRERO Y GREGORIA AZUAJE, Inpreabogado Nros 65.316 y 82.275, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora, el Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado, ordena realizar un computo por Secretaria de los días continuos transcurridos desde el día 02/08/05, exclusive, fecha ésta en la que se difirió la oportunidad para dictar sentencia definitiva, hasta el día 15/08/05, exclusive, fecha ésta que comenzó el receso judicial y desde el 16 de Septiembre de 2005 inclusive, fecha ésta que se reinició las actividades judiciales hasta el 03 de Octubre de 2005, inclusive, fecha ésta que culminó el lapso establecido para dictar sentencia y de los días de despacho transcurridos desde el día 03 de octubre de 2005, exclusive hasta el día 11 de Octubre de 2005, inclusive fecha ésta que precluyó el lapso para interponer el recurso de Ley, y con sus resultas se proveerá lo conducente.
LA JUEZ,


DRA. MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA.


YASMILA PAREDES

YASMILA PAREDES, Secretaria Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. Que suscribe CERTIFICA: Que desde el día 02/08/05, exclusive, fecha ésta que se difirió la oportunidad para dictar sentencia, hasta el día 15/08/05, exclusive, fecha ésta que comenzó el receso judicial, transcurrieron doce (12) días continuos, los cuales son los siguientes 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de Agosto de 2005. Que desde el día 16/09/2005, inclusive, fecha ésta que se reinició el receso judicial hasta el 03/10/2005 inclusive, fecha ésta que culmino el lapso establecido para dictar sentencia, transcurrieron dieciocho (18) días continuos, los cuales son los siguientes; 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 de Septiembre de 2005, y 1, 2 y 3 de octubre de 2005, y desde el día 03/10/05, exclusive fecha ésta que empezó a transcurrir el lapso para interponer el recurso de Ley, hasta el día 11/10/05, inclusive, transcurrieron en éste Tribunal cinco (05) días de despacho, los cuales son los siguientes: 4, 5, 6, 10 y 11 de Octubre de 2005. Certificación que se expide a los trece (13) días del mes de Octubre del año dos mil cinco (2005).-
LA SECRETARIA.


YASMILA PAREDES
MS/YP./yanira.-
Expediente N° 5787.