REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 05 de Octubre de 2005.
195° y 146°
Vista la diligencia presentada por el Abogado OMAR NOTTARO ALFONZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 22.920, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual solicita que se notifique a la parte demandada del informe presentado en fecha 29 de junio de 2005, por los expertos contables designados en el presente juicio, el Tribunal niega dicho pedimento toda vez que de autos se evidencia que las partes en el presente proceso se encuentran suficientemente a derecho. Vista igualmente la diligencia presentada por los ciudadanos VICTOR RENE UGUETO, JUAN R. BLANCO Y ALEJANDRO GARCIA, en su carácter de expertos designados en el presente juicio, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se ordena imputarle por conceptos de Honorarios a los auxiliares de justicia designados anteriormente mencionados, la suma de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 500.000,00), como acreencia al dinero depositado en la cuenta corriente de éste Tribunal. En tal virtud se ordena hacerle entrega de dicho monto a cada uno de los expertos, lìbrese los correspondientes cheques.
LA JUEZ, LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLORZANO. YASMILA PAREDES.

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MS/yanira.
Exp. N° 5106.