JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, viernes (7) de octubre del dos mil cinco 2005.
195º y 146°

Visto la diligencia de fecha (28) de septiembre de 2005, suscrita por el abogado JOSÉ GERARDO CHÁVEZ, con el carácter acreditado en autos, mediante el cual anuncia Recurso de Casación contra la sentencia proferida por esta Alzada en fecha 29 de septiembre de 2005; este Juzgado Superior, para determinar la admisión o no del recurso anunciado, examina lo siguiente:
PRIMERO: El anuncio fue hecho en tiempo hábil, es decir, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a aquél en que fue publicada la sentencia.
SEGUNDO: Se trata de una sentencia interlocutoria que no pone fin al juicio.
En consecuencia, analizado lo anterior, este Tribunal DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, se deja constancia que el último de los diez (10) días de despacho que se conceden para anunciar recurso de casación, ocurrió el día seis (6) de los corrientes inclusive, y que hoy es el primer día de despacho siguiente.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

LA JUEZ TEMPORAL,
JEANNE LISBETH FERNÁNDEZ DE ACOSTA

EL SECRETARIO,
JAVIER GERARDO OMAÑA VIVAS
En la misma fecha se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

JLFdeA/JOV/javier s.-
Exp. N° 1152.-