JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL., MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, 11 de octubre de 2005.


Por recibido, constante de 18 folios útiles, désele entrada en los libros respectivos, fórmese expediente inventaríese, háganse las anotaciones estadísticas y el curso de ley. SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud. Vistos los recaudos que acompañan a la misma, consistente en: A.- Justificativo de Testigos No. 179-05, evacuado por ante el Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, donde declara los ciudadanos MARIA JULIA LIMA, titular de la cédula de identidad No. V-14.180.506 y ZORAIDA PALACIOS ROSAS, titular de la cédula de identidad No. V-11.932.567 el día 22 de septiembre de 2005 y B.- documento original de compra – venta de: Un lote de terreno ubicado en el Barrio Renato La Porta, calle 5 No. 2-29, el Piñal, Municipio Monseñor Alejandro Fernández Feo, Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son las siguientes NORTE: Con casa de Adela Cárdenas, mide 27,25 metros SUR: Con casa de Efraín Paipa, mide 27,25 metros ESTE: Con casa que es o fue de Antonio Marciano, mide 9,95 metros y OESTE: Con calle 5, que es su frente, mide 9,95 metros, dicho inmueble fue adquirido mediante documento registrado en la Oficina Subalterna del Distrito Libertador – Abejales, Estado Táchira, bajo el No. 1, folios 1 al 3, protocolo primero, tercer trimestre del año 1986, donde aparece como compradora la ciudadana MARIA LAUDY MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.448.907.
Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, los declara suficientes para asegurarle a la ciudadana MARIA LAUDI MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 3.448.907, de este domicilio, y civilmente hábil su derecho de propiedad y posesión, sobre un lote de terreno ubicado en el Barrio Renato La Porta, calle 5 No. 2-29, el Piñal, Municipio Monseñor Alejandro Fernández Feo, Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son las siguientes NORTE: Con casa de Adela Cárdenas, mide 27,25 metros SUR: Con casa de Efraín Paipa, mide 27,25 metros ESTE: Con casa que es o fue de Antonio Marciano, mide 9,95 metros y OESTE: Con calle 5, que es su frente, mide 9,95 metros y las bienhechurías construidas sobre el terreno antes mencionado, consistentes en una casa para habitación, cuyas características son las siguientes: Paredes de bloque de cemento y frisadas, piso de cemento, techo de zinc y macanilla, puertas de hierro, seis (06) habitaciones, tres (03) baños, sala, comedor, cocina, dos (02) lavaderos con patio para tender ropa, dos (02) tanques de agua, un (01) cuarto de depósito, aguas blancas y negras debidamente empotradas y todas las demás características de una cómoda casa.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo en todo caso los derechos de terceros.
Devuélvanse originales de estas actuaciones al solicitante y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.


Abg. Diana Beatriz Carrero Quintero
Juez Temporal


Abg. Iris Margiore Rojas Alarcón
Secretaria

En la misma fecha se inventario bajo el No.______, y se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

Abg. Iris Margiore Rojas Alarcón
Secretaria
Sol 1466