JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, treinta y uno de Octubre de dos mil cinco.
195º y 146°
Vista la diligencia de fecha 26 de Octubre de 2005, suscrita por el abogado EVENCIO MORA MORA, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARMEN TERESA RAMÍREZ DE GALAVIS, WILLIAM JOSÉ GALAVIS BERNAL, EMILIO RAMÍREZ ROA, EUDINA DEL CARMEN PERNIA DE RAMÍREZ RUBÉN RAMÍREZ ROA Y ANAIS URBINA DE RAMÍREZ, parte demandante y la ciudadana MARÍA EULALIA RAMÍREZ ROA DE DURÁN, asistida por el abogado WILMER EVENCIO MORA CONTRERAS , en su carácter de Procurador Agrario del Estado Táchira, mediante la cual la parte actora representada por su Apoderado Judicial DESISTE del presente procedimiento, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Desistimiento, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Asimismo se acuerda el desglose de los documentos corrientes desde el folio 9 al 35 , dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas. Para la elaboración de los fotostatos se autoriza amplia y suficientemente al ciudadano FRANK GUERRERO SÁNCHEZ, con Cédula de Identidad Nº V- 13.505.736.- Cuando la parte consigne las copias se realizará el desglose Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.
yilda
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