REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
194 ° y 145 °


ACTA



ASUNTO: 8656
PARTE ACTORA: MAURO ANTONIO RAMIREZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MIREYDA RLIZABETH RAMIREZ
PARTE DEMANDADA: EXPRESOS OCCIDENTE C.A.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-



En el día de hoy once (26) de OCTUBRE de 2005, siendo las 11:00 a.m. comparecen ambas partes por ante este Juzgado solicitando se les conceda celebrar una Audiencia Conciliatoria y a los fines de hacer uso de los medios alternativos de resolución de conflictos consagrados en la Constitución de La Republica Bolivariana De Venezuela en los artículos 26, 257 y 258, presente por una parte la coapoderada actora, abogada MIREYDA ELIZABETH RAMIREZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 66.575, asimismo se hizo presente por la parte demandada el apoderado judicial abogado JOSE RAMON BARRERA CARDOZO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.28.339, dándose inicio a la Audiencia Conciliatoria, el representante de la parte demandada a los fines de evitar los trámites de la ejecución forzada ofrece cancelar el monto de TRES MILLONES TRESCIENTOS DICISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 3.317.856,oo) mediante cheque Nro.91954217 contra BANFOANDES, lo cual la parte demanda acepta conforme, y declara que no tiene nada más que reclamar por la relación laboral. Por lo tanto este Tribunal dá por terminada la causa y ordena el archivo del expediente.

La Juez, La Secretaria,

Dra. Ana Mercedes Mora Rivas

La parte Actora, La parte demandada,