REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, 11 de octubre de 2.005
195º y 146º
Visto lo manifestado por la ciudadana BELKYS YAMILE GAMEZ MORENO en el Acto Conciliatorio fijado para el día 27 de septiembre de 2.005, a las diez (10:00) de la mañana, por motivo de la Obligación Alimentaría anexo en cuaderno por separado de la causa principal, donde desiste del procedimiento de Divorcio intentado en contra del ciudadano FAUSTINO EVILIO COLMENARES PEÑA y pide cierre tanto la causa principal así como el cuaderno por separado de Obligación Alimentaría; es por lo que este Juez Temporal Unipersonal Nº 01 de la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, aprueba el DESISTIMIENTO de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; dándose por consumado el acto por lo que se acuerda proceder como en sentencia pasada de autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.
Abog. VICTOR MELO ARAGORT
JUEZ TEMPORAL UNIPERSONAL Nro. 01
Abog. ANDREINA DUQUE CASIQUE SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo acordado dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal y se ordenó el archivo del expediente.
La Sria.
Exp. 36.730/VMA/MF
Divorcio.