JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

195° y 146°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 16-05-2005, suscrita por el abogado ABELARDO RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.441, en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandante, sociedad mercantil “INVERSIONES ZERPA Y GONZÁLEZ, C.A. (INVERSORA ZERPIGON, C.A.), inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 23-09-1987, bajo el Nº 18, tomo 34-A, con posteriores reformas, representada por su gerente ejecutivo, ciudadana BELTINA MARÍA ZERPA DE GONZÀLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.517.468 y de este domicilio, por una parte y por la otra, la ciudadana RUBIELA ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.790.916 y de este domicilio, parte demandada, asistida por el abogado JESÚS ARMANDO COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.418, en donde deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Por cuanto el presente auto fue dictado fuera del lapso previsto en el artículo 10 ibídem, NOTIFÍQUESE a las partes de la presente decisión. Líbrense boletas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los siete días del mes de octubre del año dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

ABG. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
Juez Temporal









MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria