REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 24 de Octubre del dos Mil Cinco.
195º y 146º.-
Visto el Convenimiento efectuado en fecha 21-10-2005 entre el Ciudadano: FERNANDO GREGORIO RAMÍREZ VARELA y la ciudadana: MARÍA DEL CARMEN VARELA DE RAMÍREZ con el carácter de padre y abuela de loa niños MARÍA FERNANDA, TATIANA MADELEN, y DANESKA YANETH RAMÍREZ SÁNCHEZ, este Tribunal Homologa el presente acuerdo y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase con la obligación asumida tal como fue aceptada. Ofíciese a lo Alcaldía del Municipio Jáuregui del presente acuerdo.-
EL JUEZ TEMPORAL,
_________________________
Dr JOSÉ ANTONIO CÁCERES
LA SECRETARIA,
___________________________
Abg. GLENIS ROSALES DE ROCHE
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libro oficio N° 3160-639 a la Alcaldía del Municipio Jáuregui.
___________________________
SECRETARIA
JAC/dalia.-
|