REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.-La Grita, 03 de Octubre del 2005.


195º y 146º.-



Visto el contenido del escrito de fecha 29-09-2005, suscrito por el ciudadano: JOSÉ LUIS DUQUE CONTRERAS, asistido por el Abogado Luis Moreno Méndez y la ciudadana: DORIS DEL VALLE MARQUEZ DE DUQUE, asistida por el Abogado Eduardo B Pérez Rivas, del Convenimiento celebrado entre los padres del niño: JOSÉ DANIEL DUQUE MARQUEZ, de 03 años de edad, con respecto a la Fijación de Obligación Alimentaria a favor de la mismo, este Tribunal Le imparte la Homologación de Ley y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en él ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese lo conducente a la Gerente de BANFOANDES, a los fines de la apertura de la Cuenta de Ahorros y al Banco Provincial de esta ciudad de conformidad con lo solicitado Cúmplase con la obligación asumida.

EL JUEZ TEMP,
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Dr. JOSE ANTONIO CACERES

LA SECRETARIA
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Abg. GLENIS ROSALES DE ROCHE

En la misma fecha se libro oficio N° 3160-400.

LA SECRETARIA,

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JAC/imi