REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 06 de Octubre de 2005.
195° y 146°

Visto el libelo de demanda, así como la diligencia suscrita por el ciudadano LUIS VIELMA VALERO, presidente de la Asociación Propietarios Apartamentos Palmar, asistido por el abogado MANUEL ELIAS FELIVER, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadana MARÍA FIDALGO GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nro. 6.016.884, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación del demandado, más un (1) día que se le concede como término de la distancia, en el horario comprendido de 8:30 a.m. a 2:30 p.m., a fin de que dé contestación a la demanda incoada en su contra. De conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil, compúlsese el libelo de demanda con la orden de comparecencia al pié. Para la práctica de la citación de la parte demandada, se acuerda librar exhorto al Juzgado Distribuidor de Municipio del Área Metropolitana de Caracas.
LA JUEZ TITULAR,

LIZBETH ALVARADO FRIAS.
LA SECRETARIA,

Abg. HAIDEE DE MEDINA
En esta misma fecha se libró exhorto junto con oficio N°________.
LA SECRETARIA,