REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 05 de Octubre de 2005
Años 195° y 146°

Vista la diligencia que antecede suscrita por la Abg. ADA LEON LNDAETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.169, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y por cuanto el Tribunal observa que en el caso de autos se había agotado la citación personal de la parte demandada, conforme a las actuaciones practicadas por el Alguacil del Juzgado Tercero de Municipio de esta Circunscripción Judicial, quien actuó conforme a lo establecido en el Artículo 218 del Código de procedimiento Civil, en concordancia con lo el Artículo 345 ejusdem, insertas a los folios 141 al 153 del presente expediente, en consecuencia, cítese mediante carteles a la co demandada, ciudadana REBECA ALABARRACIN MARQUEZ, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de las horas de Despacho comprendidas de 08:30 am. a 02:30 pm., a darse por citada, en un lapso de quince (15) días de Despacho siguientes, contados a partir de la constancia en autos del cumplimiento de todas las formalidades de Ley, con la advertencia que de no comparecer, se le nombrará un Defensor Ad Litem, con quien se entenderá la citación y demás trámites del proceso, de conformidad con lo previsto en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese cartel con las inserciones pertinentes, y publíquese en los Diarios EL UNIVERSAL Y EL PUERTO, con el intervalo legal. Se concede un plazo de Treinta (30) días de Despacho para el cumplimiento de las formalidades de publicación y consignación del cartel librado, vencido el cual de no cumplirse, quedará sin efecto.-
LA JUEZ PROVISORIO,

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. FRANZULY MARIN
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACC.,

Exp. N° 1098/05
SRP/FM/franzuly.-