REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veintiocho (28) de octubre de dos mil cinco (2005)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000092
PARTE ACTORA: VICTOR MANUEL FIGUEROA CARRANZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.510.352.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ARMANDO ZAPATA, CRISBEL QUIJADA Y MARY ANN PACHECO, Abogados adscritos a la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 106.629, 81.221 y 75.209, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “TRANSCARGO INTERNACIONAL V.B, C.A.”,
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ
MOTIVO: “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”

En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de octubre del dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: VICTOR MANUEL FIGUEROA CARRANZA y el profesional del derecho ARMANDO ZAPATA, parte actora y apoderado Judicial respectivamente ambos plenamente identificados. En este acto la representación de la parte actora, consignó documento poder que acredita su representación, igualmente consignaron escrito de pruebas constante de un (01) folio útil, con anexos marcados con las letras A y B, del anexo A se desprende autorización al ciudadano VICTOR MANUEL FIGUEROA CARRANZA, anteriormente identificado para transitar por todo el territorio nacional un vehículo de carga y del anexo B en copia fotostática se desprende recibo de pago emanado del señor LUIS CARDOZO por la cantidad de BS. 200.000,00, y recibido por el ciudadano accionante de fecha 22/08/05 al 28/08/05. Seguidamente y siendo las diez y treinta minutos horas de la mañana (10:30 a.m.), el Tribunal dejó expresa constancia que no compareció al citado acto la parte demandada, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Tribunal presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, declarando CON LUGAR la acción intentada por el demandante. En consecuencia, de un breve análisis detallado del asunto, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, pasa a dictar su sentencia según las siguientes consideraciones:
Ingreso en fecha: 07-05-2005 y Egreso en fecha: 25-08-2005, Motivo de Egreso: Despido Injustificado. Salario mensual: Bs. 800.000,00., Salario diario: Bs. 26.666,66.
PRIMERO: Se ordena el reenganche del ciudadano: VICTOR MANUEL FIGUEROA CARRANZA, parte actora en su puesto de trabajo, y en las mismas condiciones en las cuales se venía desempeñando para el momento en que ocurrió el despido.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada “TRANSCARGO INTERNACIONAL V.B., C.A., al pago de los salarios dejados de percibir desde el 10 de octubre del 2005, fecha esta en la cual la empresa tuvo conocimiento de la presente acción, mediante notificación, con motivo de la demanda incoada en su contra por el actor-demandante ciudadano VICTOR MANUEL FIGUEROA CARRANZA, hasta el momento de la real y efectiva reincorporación del trabajador a su sitio habitual de trabajo. En el entendido que si el trabajador accionante no instare la ejecución oportunamente y retrasare la ejecución injustificadamente se excluirá de dicho lapso los correspondientes salarios dejados de percibir, a partir del día en que se fije la ejecución. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN
EL JUEZ,

DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,


PARTE ACTORA


APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,
LA SECRETARIA,

ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
EXP. Nº WP11-S-2005-000092
“CALIFICACIÓN DE DESPIDO.”