REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 29 de Septiembre de 2005
195° y 146°

Visto el desistimiento al presente procedimiento, formulado por la abogado YRECELIN PACHECO, Inpreabogado Nº 99.365, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, la cual tiene suficientemente facultad para desistir y de disponer del Derecho en litigio tal como se evidencia del poder cursante en los folios 10 y 11 del expediente, el Tribunal por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, lo da por consumado en los términos expuestos todo conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda la devolución de los originales solicitados, previa su certificación en autos por secretaria.
LA JUEZ,

LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.

En la misma fecha no se devolvieron los originales por cuanto no consta en autos los fotostatos.
LA SECRETARIA

MS/YP/ys.
Expediente Nº 6173.