JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiuno de septiembre de dos mil cinco.
195º y 146º
JUEZ INHIBIDA: Abog. Reina Mayleni Suárez Salas, Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
MOTIVO: INHIBICIÓN
Se recibieron en este despacho previa distribución, las presentes actuaciones relacionadas con la inhibición presentada por la abogada Reina Mayleni Suárez Salas, Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
En las copias certificadas que conforman el presente expediente, constan las siguientes actuaciones:
- Riela al folio 1, copia fotostática de la carátula del expediente N° 30704 que cursa por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. Demandante: Ceballos Vda. de Pérez María del Carmen. Motivo: Interdicción de Luzibel Pérez Ceballos.
- Auto de fecha 9 de febrero de 2004, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual admite la solicitud de interdicción formulada por la ciudadana María del Carmen Ceballos Vda. de Pérez. (f. 2)
- Riela a los folios 3 al 9 sentencia dictada por está alzada en fecha 26 de mayo de 2005, mediante el cual el Juez Temporal declaró reponer la causa al estado de que el Tribunal de la causa dicte nueva decisión en atención a lo solicitado en fecha 27 de enero de 2004, por la ciudadana María del Carmen Ceballos Vda. de Pérez y, revocó la decisión dicta por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 30 de septiembre de 2004.
- Acta de inhibición, de fecha 04 de julio de 2005 suscrita por la abogado Reina Mayleni Suárez Salas, Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. (f. 11)
- Auto de fecha 05 de agosto de 2005 dictado por el referido Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, por medio del cual, visto que han transcurrido más de dos (2) días de despacho sin que las partes hayan manifestado su allanamiento, acuerda remitir al Juzgado Superior copia fotostática de la carátula del expediente N° 30704, de los folios 16, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 97, 99 y 100; igualmente acuerda remitir el expediente original al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, a fin de que continúe la causa una vez distribuido el mismo. (f. 12)
En fecha 20 de septiembre de 2005, son recibidas las presentes actuaciones en este Juzgado Superior como consta en nota de Secretaría (f. 14) y por auto de la misma fecha se le dio entrada e inventario (f. 15)
El JUEZ PARA DECIDIR OBSERVA:
La abogada Reina Mayleni Suárez Salas, Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, fundamenta su inhibición en la causal prevista en el ordinal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, alegando que se inhibe de seguir conociendo la causa signada con el N° 30704 de la nomenclatura de ese despacho, en virtud de que emitió opinión sobre lo principal del pleito, en sentencia de fecha 30 de septiembre de 2004, proferida en la solicitud de interdicción presentada por la ciudadana María del Carmen Ceballos viuda de Pérez por interdicción de la ciudadana Luzibel Pérez Ceballos.
Al respecto, establece el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
Artículo 82: Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes:
….omissis...
15º Por haber el recusado manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que el recusado sea el Juez de la causa.
Ahora bien, al revisar las actas procesales se aprecia a los folios 3 al 9 decisión dictada por este Juzgado Superior, en fecha 26 de mayo de 2005, la cual resolvió la consulta de ley a la decisión de fecha 30 de septiembre de 2004, proferida por la Juez inhibida en el expediente N° 30704 nomenclatura del Juzgado a su cargo, contentivo de la solicitud de inhabilitación de la ciudadana Luzibel Pérez Ceballos presentada por la ciudadana María del Carmen Ceballos viuda de Pérez.
Conforme a lo expuesto, la Juez Reina Mayleni Suárez Salas emitió opinión sobre la materia debatida en dicho proceso, configurándose así la causal prevista en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, es forzoso para quien decide declarar con lugar la presente inhibición. Así se decide.
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición presentada por la abogada Reina Mayleni Suárez Salas, Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Remítase con oficio N° 0570-387, copia certificada de la presente decisión a la Juez Inhibida.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal y archivase el expediente.
El Juez Temporal,
Antonio José Rodríguez Giusti.
La Secretaria,
Abog. Fanny Ramírez Sánchez.
En la misma fecha se publicó, registro la anterior decisión previa las formalidades de Ley, siendo las nueve y veinte minutos de la mañana (9:20 a.m) y, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Exp. N° 5343.
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