REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL SEGUNDO DE TRANSICIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 21 de septiembre de 2005
195º y 146º
Por recibido el presente expediente, proveniente del extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de esta Circunscripción Judicial con motivo de la clasificación de las causas en el estado en que se encuentran y en virtud de la Resolución Nº 2004-0008, literal E, artículo 4º de fecha 18/08/04 dictada por la
Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que suprimió los Juzgados de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y a su vez creó los Tribunales de Primera Instancia y Superior para el Régimen Procesal Transitorio de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; En consecuencia, la abogada ANA MERCEDES MORA RIVAS, en su condición de Juez Segundo de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, SE AVOCA al conocimiento de la presente causa. En este sentido vistas y estudiadas detenidamente las actas procesales que conforman el presente expediente, observa este Tribunal que el articuló 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece:
Artìculo 201 LOPT... " Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención..."
Artículo 267 CPC ... Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes... "
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 07 de julio de 2004 no se ha dado impulso procesal al mismo y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Segundo de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales sigue la ciudadana YASMIN MARIANELA PICON, contra la Empresa EYI ELECTRONICA, C.A.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de 2005, siendo las 10:00 a.m.
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Juez
Abog. Nory C. Gotera
Secretaria
|