REPUBLICA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE TRANSICION DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 194° y 145°
ASUNTO:8460-00
PARTE DEMANDANTE: GLADIS DEL CARMEN ARELLANO DE DELGADO. Identificada con la cédula Nro. V.4.633.015
APODERADOS JUDICIALES: GERARDO VILLAMIZAR, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro.38.697
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA VILLASAN E HIDROSUROESTE
APODERADAS JUDICIALES: MAYRA ALEJANDRA CONTRERAS, LUZ MARY RODRIGUEZ Y YENNY CAROLINA ARELLANO.
En el día de hoy, 23 de septiembre de 2005, a las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar, se hizo presente por la parte demanda las apoderadas de Hidrosuroeste C.A., abogadas LUZ MARY RODRIGUEZ Y YENNY CAROLINA ARELLANO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 83.749 y 82.888, respectivamente y por la codemandada CONSTRUCTORA VILLASA C.A. la apoderada MAYRA ALEJANDRA CONTRERAS, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro.71.832. Por cuanto en este momento no se encuentra presente la parte actora por sí ni por medio de apoderado, en virtud al principio de flexibilización que debe imperar en la prolongación de audiencia preliminar, se acuerda conceder un lapso de espera de 10 minutos. Siendo las 9:10 de la mañana y no habiéndose hecho presente la parte actora, este Tribunal de conformidad a lo dispuesto por el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO y ordena el archivo del expediente. Terminó, se leyó y conformes firman..
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas Abog. Nory Gotera Bravo.
La Juez Secretaria
Partes Codemandadas,
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