REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO



Macuto, 26 de Septiembre de 2005

195° y 146°


Vista la solicitud de sobreseimiento decretada en la audiencia celebrada en fecha 21 de septiembre del 2005 y a la cual se adhirió por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual se decretó el sobreseimiento de la causa seguida contra los ciudadanos CARLOS ANTONIO VASQUEZ y JESUS RAFAEL AMAYA, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.


Este Tribunal antes de decidir, previamente observa y considera:


Luego del estudio y análisis de las actas que conforman la presente causa, se observa que el hecho punible se cometió en fecha 11-09-1999, el mismo encuadra en el tipo delictivo de Contrabando, previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas, el cual tiene asignado una pena de prisión de dos a cuatro años, y siendo que el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, establece que para aquellos hechos punibles que acarreen pena de prisión de dos a cuatro años un lapso de prescripción de tres años, tomando en consideración el termino medio de la pena a aplicar ya que debe atenerse al principio de que se aplica lo que más beneficie al reo y siendo que desde que se cometió el presunto hecho punible hasta la presente fecha ha transcurrido un tiempo superior a tres años años, lo cual constituye más del tiempo útil y necesario para que opere la prescripción de la acción penal e incluso la prescripción extraordinaria, prevista en el artículo 110 del texto sustantivo penal, que en el presente caso sería de cuatro años y seis meses lo cual se extinguió en fecha 11-03-04, en consecuencia, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es Decretar el sobreseimiento de la Causa, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por extinción de la acción.








DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra los ciudadanos CARLOS ANTONIO VASQUEZ y JESUS RAFAEL AMAYA, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.

LA JUEZ,


DRA. CELESTINA MENDEZ T.




LA SECRETARIA,


ABG. YASNALDY CASTRO.



Causa N° WK01-P-2000-0031
CMT