REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
MAIQUETIA, VEINTIOCHO (28) DE SEPTIEMBRE DE 2005
195 ° Y 146°


Visto el escrito de Pruebas presentado en fecha 28-09-05, por el ciudadano: Luis Beltrán Carvajal P., parte demandada en el presente juicio, debidamente asistido por el Dr. Roger Aguey (ambas partes identificadas en autos), y constante de un (1) folio útil y ocho (8) anexos, el Tribunal ordena agregarlo al Expediente N° 996.-05, de conformidad con el Artículo 107 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que surtan sus efectos legales.

En relación a la prueba documental promovida en el Capítulo Primero de dicho escrito, el Tribunal la admite, de conformidad con lo previsto en el Artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva.
LA JUEZ


DRA. ANA TERESA AYALA P.

LA SECRETARIA ACC.

MARYANGIE MARIN G.





EXP. N° 996-05.-
ATAP/MMe.-