REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 30 de Septiembre de 2005
195° y 146°

Vista la diligencia que antecede presentada por los Abogados CARLOS ENRIQUE DUARTE FLORES Y MARIA ALEJANDRA PARRA MARTINEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 77.097 y 85.432, respectivamente, en sus carácter de apoderados de la parte actora, y visto el contenido del capítulo Tercero de la sentencia dictada en fecha 14 de Julio de 2005, por este Juzgado, la cual se encuentra definitivamente firme, en consecuencia, se designa como Experto Contable al ciudadano RONALD J. MEDINA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.947.862, de este domicilio, de profesión Contador Público bajo el N° 55.514, para que de conformidad con el Capítulo Tercero de la aludida sentencia, calcule la Indexación de las cantidades ordenadas a pagar, es decir, sobre la cantidad de TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TRES BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs.3.159.803,80), desde el día 16 de Febrero de 2004, fecha en la cual se admitió la presente demanda y hasta el día de hoy, inclusive, tomando en cuenta los índices de inflación establecidos por el Banco Central de Venezuela, aplicados al monto condenado. A cuyo efecto ordena su notificación para que comparezca por ante éste Tribunal al tercer (3°) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su notificación, a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo, y en el primero de los casos, preste juramento de Ley. Se advierte que una vez que conste en autos las resultas del informe pericial, se procederá a decretar la ejecución de la sentencia antes mencionada. Líbrese boleta de notificación con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ PROVISORIO,

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA …





… SECRETARIA ACC.,

ABG. FRANZULY YOLE MARIN
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACC.

ABG. FRANZULY YOLE MARIN


EXP. 999/03
SRP/FYM/Yaneiza.