REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veinte (20) de septiembre de dos mil cinco (2005)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000171
PARTE ACTORA: BRICEÑO NUÑEZ JESÚS WILLIAM venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.479.019.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: WINSTON MANUEL ROJAS CASTILLO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 97.271.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JORGE LUIS MEDINA, CRISBEL QUIJADA y ARMANDO ZAPATA, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 55.725, 81.221 y 106.629, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “BAR LUNCHERIA RESTAURANT PLAYA LOS COCOS.”, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 23 de agosto de 1985, anotada bajo el N° 79, Tomo 4-B Sgdo.
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA: MANUEL JOSÉ OYOQUE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.151.933 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.671.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”

En el día hábil de hoy, veinte (20) de septiembre del dos mil cinco (2005), siendo las doce y diez (12:10 a.m.) horas de la tarde, comparecieron los ciudadanos: BRICEÑO NUÑEZ JESUS: Parte Actora; WINSTON MANUEL ROJAS CASTILLO, abogado asistente de la parte actora; JUAN PABLO FERREIRA MENESES, en su condición de representante legal de la empresa demandada y el profesional del derecho MANUEL JOSE OYOQUE GONZALEZ; anteriormente identificados, y solicitaron que se adelantara la prolongación de la Audiencia Preliminar, fijada para el día tres (03) de octubre del 2005. Este tribunal, una vez verificada que la solicitud no es contraria a derecho, la acuerda y en consecuencia de da inicio al acto. En este estado la parte demandada manifiesta que el presente juicio se encuentra prescrito, sin embargo hace ofrecimiento de pago a la actora por los conceptos que se relacionan a continuación: -------------------------------------------
BRICEÑO NUÑES JESUS WILLIAM
Fecha de Ingreso 19/09/2002
Fecha de Egreso 17/11/2003
Tiempo de Servicio 1 año, 2 meses y 8 días.

CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad 198.945,00
Vacaciones Vencidas 20.947,00
Vacaciones Fraccionadas 5.879,93
Bono Vacacional vencido 10.473,50
Bono vacacional Fraccionado 3.315,00
Utilidades vencidas 20.947,00
Utilidades Fraccionadas 5.526,25
Indemnización por despido 33.966,32
TOTAL 300.000,00
Tales conceptos suman la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00), Cantidad esta que será cancelada al trabajador mediante cheque numero 58022973 del Banco Mercantil, girado contra el código cuenta cliente numero 01050219531219001279 de FERREIRA MENESES JOSE DANIEL y GAMEZ GONZALEZ NORIZ. Asimismo la parte demandante acepta la Propuesta realizada, bajo los términos en que se planteó. Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vista que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que le fueron devueltas a las partes las pruebas aportadas al inicio de la presente audiencia. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,


PARTE ACTORA

ABOGADO ASISTENTE DE
LA PARTE ACTORA,

ABOGADO APODERADO
DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,

ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000171
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.”