CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, 28 de septiembre del dos mil cinco (2005).
Años y Federación 195º y 146º

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000025
PARTE ACTORA: ROELVY ALEXANDER FLORES REYES titular de la cédula de identidad N° 14.312.357
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LOURDES JOSEFINA CONTRERAS y SONIA FERNANDES abogadas en ejercicio, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 16.702 y 57.815
PARTE DEMANDADA: CENTRO DE ADIESTRAMIENTO NAVAL CN FELIPE SANTIAGO ESTEVES (INSTITUCIÓN ADSCRITA A LA COMANDANCIA GENERAL DE LA ARMADA ENTE SIN PERSONALIDAD JURÍDICA, DEPENDIENTE JERÁRQUICAMENTE DEL MINISTERIO DE LA DEFENSA)
REPRESENTANTES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA: MIGDALIA JACQUELINE MARQUEZ ARIAS Y POLIANA RIVERO PAZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 75.604 y 97.159 respectivamente.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy miércoles, veintiocho (28) de septiembre del año dos mil cinco (2005), siendo las doce y treinta (12:30 m.) horas del mediodía, comparecieron por ante la sede de este Tribunal los ciudadanos: ROELVY ALEXANDER FLORES REYES parte actora, LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, Apoderada Judicial de la parte actora, y la profesional del derecho MIGDALIA JACQUELINE MARQUEZ ARIAS, todos identificados supra, y solictaron se adelantara la oportunidad para que se celebre la prolongación de la Audiencia Preliminar fijada para el dia siete (07) de octubre de 2005, a las tres (03:00 p.m.) horas de la tarde. Este Tribunal en vista que la solicitud no es contraria a Derecho, la acuerda, y en consecuencia se da inicio al acto; en este estado las partes manifestaron el animo de llegar a un acuerdo, y presentaron escrito transaccional, constante de tres (03) folios utiles en el cual solicitan al Juez del Tribunal imparta la Homologación necesaria. Seguidamente el ciudadano juez procedió a la lectura y revisión del precitado documento, visto que el mismo no vulnera derechos irrenunciables de las partes, ni normas de orden publico, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por concluido el proceso y HOMOLOGA la Transacción en los términos expuestos por las partes, dándole Efecto de Cosa Juzgada, ordenándose el archivo y cierre del presente expediente.
EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES



PARTE ACTORA




APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,



REPRESENTANTE DE LA
PROCURADURÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA,


LA SECRETARIA,


ABG. RAFALMY BENITEZ
EXP. Nº WP11-S-2005-000025
“CALIFICACIÓN DE DESPIDO”