REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veinticinco (25) de Abril del dos mil seis (2006)
195° y 147°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000130
PARTE ACTORA: MARLENY JOSEFINA TENIA MONTILLA, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad No. V-6.495.359.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ARMANDO ZAPATA, CRISBEL QUIJADA y MARY ANN PACHECO, abogados adscritos a la Procuraduría de Trabajadores e inscritos sen el INPREABOGADO bajo los Nros. 106.629, 81.221 y 75.209. respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “RESTAURANT Y LUNCHERIA LAS DELICIAS DEL MAR, S.R.L”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LEIDYMAR PEREZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°. 81.421.


En el día hábil de hoy, veinticinco (25) de Abril de 2006, siendo las once y treinta (11:30 a.m.) horas de la mañana, , día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas: MARLENY JOSEFINA TENIA MONTILLA, CRISBEL QUIJADA y LEIDYMAR PEREZ, plenamente identificadas. Dándose así inicio al acto, la parte demandante consigna Escrito de Pruebas constante de dos (02) folios útiles, y anexos marcados con las letras “A”, “A1”, “A2”, “A3”, “A4” y “A5”, contentivos de recibos de pago. Se deja constancia que la parte demandada no presentó Escrito de Pruebas ni anexos. En este estado las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte demandada ofrece pagarle a la parte demandante la cantidad de SEISCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs.620.333,20), por los conceptos que a continuación se relacionan: Salario mensual: Bs. 360.000,00, fecha de ingreso: 06-06-2005, fecha de egreso: 13-09-2005, tiempo de servicio: 3 meses y 07 días.
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad, Art. 108 LOT, 15 días Bs. 190.999,95
Indemnización art. 125 LOT, 1° y lit. “a”, 10 días y 15 días respectivamente Bs. 127.333,30
Bs. 190.999,95
Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionado, Art. 225, 219 y 223 LOT Bs. 45.000,00
Bs. 21.000,00
Utilidades fraccionadas Art. 174 LOT, 15 Bs. 45.000,00
Total prestaciones Bs. 620.333,20

Dichos Conceptos suman la cantidad de SEISCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 620.333,20), para ser cancelados en este acto, mediante cheque Nº 30-29996042, del BANCO FONDO COMÚN, de fecha: 24/04/2006, a favor de la ciudadana: MARLENY JOSEFINA TENIA MONTILLA; y la parte demandante, acepta la oferta presentada, y conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de la demanda, no quedando a deber ni estos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que nos unió. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por la parte demandante al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR
LAS PARTES COMPARECIENTES:

PARTE ACTORA,

APODERADA DE LA PARTE ACTORA,

APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA,




LA SECRETARIA,

ABG. GIOVANNA LANDER SALAZAR
EXP: WP11-L-2006-000130