REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 26 de abril de 2006
195° y 147°


La Secretaria Accidental del Tribunal dió cuenta al ciudadano Juez de la recepción del presente expediente, procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con el Artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, contentivo del Juicio que por REIVINDICACION, interpusieron los ciudadanos IGINOIO DI GIUSEPPE FOSELLI y NICOLA LOSITO SILVESTRE, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CONCENTRADAS PRADEL, C.A., désele entrada, anótese y regístrese en los Libros respectivos que a tal efecto son llevados por este Tribunal, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por el abogado ANIBAL RUIZ ALVARADO, en su carácter de apoderado judicial de la Tercera Opositora ciudadana EUSEBIA PIMENTEL, en contra de la decisión interlocutoria con fuerza definitiva dictada por ese Tribunal en fecha 24-11-2005 y del auto dictado por ese mismo Juzgado el día 20 de Marzo del presente año, en consecuencia, se fija para el décimo (10mo.) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito para el auto apelado, igualmente, se fija para el vigésimo (20mo.) día de despacho siguiente para la decisión interlocutoria, en cualquier hora de las destinadas por este Tribunal para despachar de acuerdo a lo establecido en el Artículo 517 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ


ABG. IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA ACC.


LIXAYO MARCANO MAYORA




IIP/LMM/ertd
Exp. N° 1561
REIVINDICACION