REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

194 ° y 146 °


EXPEDIENTE Nº 5453-04.-

PARTE ACTORA: JHONNATHAN MEZA Y MARLON NOGUERA HERNANDEZ Y OTROS.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MIREYDA E. RAMIREZ P. Y SUSANA CARVAJAL CAMPEROS, inscritas en el Inpreabogado bajo número 66.575 Y 21.385, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ASERCA EXPRESS C.A. y ASERCA AIRLINES C.A
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: IVAN R. ORTA ROBLES Y ANA C. SANCHEZ MORENO, DE INPREABOGADOS Nros.99.413 y 77.487, respectivamente.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos.

En el día de hoy martes cinco (05) de Abril de 2005, siendo las 03:00 p.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece por ante este Juzgado Primero los apoderados judiciales de las partes, a saber los abogados: MIREYDA E. RAMIREZ P. Y SUSANA CARVAJAL CAMPEROS, inscritas en el Inpreabogado bajo número 66.575 Y 21.385, respectivamente, por la parte demandante y se hizo presente por la parte demandada el ciudadano IVAN R. ORTA ROBLES, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 99.413, dándose inicio a la misma, el representante de la parte demandante exige el pago del trabajador, de las Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales explanados en el líbelo de la demanda; en este estado se le concede el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada y concedido como le fue expuso: propongo al representante de la parte demandante, reciba como pago definitivo de todo y cada uno de los conceptos demandados y reclamados la cantidad total de DIEZ Y NUEVE MILLONES DE BOLÍVARES EXACTOS (Bs.19.000.000,00), que será pagado a los trabajadores JHONNATHAN MEZA Y MARLON NOGUERA HERNANDEZ, titulares de la cedula de identidad 13.173.257 y 12.253.897, respectivamente, de la manera siguiente: PRIMERO: A través de la dación en pago de un vehículo que se encuentra embargado a favor de los trabajadores en fecha diez (10) de Junio de 2004 por el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas del Estado Táchira según como corre en los folios del 174 al 180 del cuaderno de medidas, de este expediente 5453- 04, dicho vehículo tiene las siguientes características: Marca: Mercedes Benz, Modelo: MB140, Año: 1997, Color: blanco, Clase: Camioneta, Tipo: Panel, Uso: Carga, Placa: 65Z-GAD, Serial de motor: 86291110041398, Serial de carrocería KPA6612251PO42647, el cual es propiedad de la parte Demandada, y de llegar a un acuerdo se solicita a este Tribunal que levante la medida de embargo preventivo. SEGUNDO: Un cheque por CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 4.000.000,00), por concepto de honorarios profesionales en fecha 26 de abril de 2005 para llevar a cabo el cumplimiento total de dicha obligación. En este estado se instó a la parte actora a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde al pago de sus prestaciones sociales y otros conceptos.