REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 27 de Abril del año 2.006
196º y 147º
Vista la solicitud formulada por la ciudadana LISBETH MARIA PALMA CABEZA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 37.277.308, domiciliada en la Carrera 5 con calle 2 casa N° 2-056 Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en la que solicita se autorice a la abuela paterna para tramitar la expedición del Pasaporte de su hija YENIMAR RIOS PALMA, venezolana, de ocho (08) años de edad, identificada con partida de nacimiento Nro. 12 expedida por la Prefectura del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, hija de la solicitante y del ciudadano FRANKLYN EDUARDO RIOS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 13.708.701. Vistos los recaudos anexos, así como la autorización expedida por el mencionado ciudadano debidamente Notariada en Alcobendas- Madrid, es por lo que esta JUEZA UNIPERSONAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y conformidad con lo establecido en los artículos 08 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, concede AUTORIZACION JUDICIAL amplia y suficiente a la ciudadana ANA ZENAIDA RIOS DE ALBARRACIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.678.845,en su carácter de Abuela paterna para que tramite por ante la Oficina de Identificación y Extranjería la Expedición del Pasaporte de su nieta la niña YENIMAR RIOS PALMA, venezolana, de ocho (08) años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 12 expedida por la Prefectura del Municipio Cárdenas del Estado Táchira. Expídase copia certificada para el archivo del Tribunal e interesado. Cúmplase.
Abog. INDIRA RUIZ USECHE
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Abog. ANDREINA DUQUE CASIQUE
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo acordado.
La Secretaria.
Exp. 40801.-
Carolina.-
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